Siempre fué uno de nuestros propósitos poder dirigirnos a través de un portal de Internet a todos los Ayuntamientos de la Provincia de Cuenca, y como no, a sus ciudadanos. Se trata éste, de un portal sencillo, pero con una clara vocación de servicio público, que pretende una relación dinámica y fluida con el ciudadano, y la transparencia de los proyectos y servicios en los que trabajamos. Ojala que esta ventana que hoy abrimos, sirva para mejorar nuestro trabajo, y redunde en una mejor calidad de vida de los ciudadanos. Alfonso Plaza Plaza. Vicepresidente
El Consorcio de Medio Ambiente, creado al amparo de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y mediante un Convenio firmado con fecha 4 de febrero de 2.000 entre el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca y los Alcaldes de los Ayuntamientos de Cuenca, Motilla del Palancar y Tarancón, se constituyó el día 22 de marzo del año 2.000 con representantes de las Entidades antes relacionadas.
El Consorcio tiene por objeto la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de conformidad con el Plan Regional aprobado por decreto 70/1.999, de 25-05-99, que garantice la protección del medio ambiente en una actuación coordinada en toda la provincia y dentro de las líneas de actuación definidas en el Plan Regional de Castilla-La Mancha, pudiendo éste fijar un calendario de aplicación de las sucesivas fases (Recogida, transporte y Tratamiento).
a) Las actividades y operaciones comprendidas en los programas que integran el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Castilla-La Mancha y aquellas que en un futuro se incorporen al mismo por acuerdo de la Junta General.
b) La creación de las infraestructuras necesarias para desarrollar las actividades.
c) Garantizar el funcionamiento y financiación de los programas.
d) Aumentar la calidad de los servicios a los ciudadanos en esta materia, así como la participación de los mismos a través de entidades públicas que tengan intereses en el medio ambiente.
e) Coordinar programas y recursos en materia de medio ambiente, dentro del ámbito de competencias y en el contexto del Consorcio.